pedaniu

m. Alcalde de una pedanía o pueblo separado del principal en el que ejerce su jurisdicción. “Xuan ya muy bien d’anus que salióu de pedaniu”.(Del latín, pedaneus, de un pie de largo, y un sufijo -aneus que indica dependencia). DELC 1440.

En castellano se interpretó como sinónimo de dependencia, poner bajo los pies.

El DEILE recoge para la palabra esta definición: “Autoridad administrativa cuya jurisdicción se extiende a aldeas pequeñas o núcleos de población”.

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El contenido de este diccionario digital procede de la obra Tseite tsinu tsume tsana, de Manuel Gancedo Fernández (2013-2018 + ISBN obra completa: 978-84-939931-9-1).

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